Nuevo Esquema de Vacaciones

la reforma a los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo (LFT)

Descanso mínimo de 12 días laborables pagados a partir del primer año trabajado de servicios

Las modificaciones consideran un periodo de descanso mínimo de 12 días laborables pagados a partir del primer año trabajado de servicios; mismo que aumentará en dos días laborables hasta llegar a 20, por cada año subsecuente de trabajo.

A continuación, algunos puntos a considerar de la reforma:

  • Goce de 12 días continuos desde el primer año.
  • Incluye a todos los trabajadores del sector privado.
  • Aplica a todos los trabajadores con más de 1 año laborando en la misma empresa, para los de nuevo ingreso y para los que tienen laborando más años.
  • Incremento de 2 días por cada año laborado subsecuente hasta llegar a 20 días. A partir del sexto año de servicio el incremento es de 2 días por cada 5 años trabajado.
  • Por lo menos 12 días de vacaciones se gozarán en forma continua, bajo potestad del trabajador.
  • Incremento en los factores de integración para efectos de Seguros Social e Infonavit.
  • Contingencias laborales por los periodos continuos de vacaciones a los trabajadores que tengan mayor antigüedad.
  • Los días festivos no hábiles no deben considerarse como vacaciones en ningún caso.

Aplicación de nuevo esquema

Existen diversos criterios para la aplicación de este nuevo esquema relacionados con la retroactividad y proporcionalidad de este. Ante esto, en CSINomina les exhortamos a que antes de tomar una decisión consulten a sus asesores especialistas en materia laboral y fiscal, y que realicen un análisis detallado del impacto en el costo de su nómina, impuestos y prima vacacional.

Nuestros equipos de soporte y programación estarán atentos a sus requerimientos técnicos para apoyarles.

En caso de que opten por aplicar un criterio de proporcionalidad para la asignación y goce de vacaciones, no será necesario llevar a cabo actualizaciones en la plataforma. Solamente es necesario crear una nueva tabla de vacaciones bajo los siguientes pasos:

  • Crear nueva tabla de prestaciones con la nueva tabla de vacaciones. No debe modificarse la anterior. (Tablas de ejemplo)

  • Hacer cambio global por evento a todos los empleados en la nueva tabla con fecha del 1/enero/2023.
  • Recalcular salarios integrados de todos los empleados con fecha del 1/enero/2023.

Al cambiar a un empleado de una tabla de prestaciones a otra, el sistema le genera un 'corte' con el saldo de las vacaciones que tenía con la tabla anterior, para que a partir de la fecha del cambio comience a devengar bajo el criterio de la nueva.